Registro Público

Los Registros Públicos, son las unidades administrativas que efectúan las actividades operativas inherentes a tramitar la inscripción, protocolización de los actos y negocios jurídicos relativos al dominio, disposición y demás derechos reales que afecten los bienes inmuebles y aquellos previstos en el Código Civil, Código de Comercio y demás normativas legales aplicable.

Tiene por Objeto:

  • Los documentos que contengan declaración, transmisión, limitación o gravámenes de la propiedad.
  • La separación de bienes entre cónyuges cuando tenga por objeto bienes inmuebles o derechos reales.
  • Los contratos de prenda agraria, los contratos de prenda sin desplazamiento de la posesión y los decretos de embargos de bienes inmuebles.
  • Los documentos que limiten de cualquier manera la libre disposición de inmuebles, las declaraciones, los denuncios, los permisos, los contratos, los títulos, las concesiones y los demás documentos que conforme a las leyes en materia de minas, hidrocarburos y demás minerales combustibles deban registrarse.
  • Las capitulaciones matrimoniales.
  • Las donaciones cuando tengan por objeto bienes inmuebles.
  • Las copias certificadas de los libelos de las demandas para interrumpir prescripciones y surtir otros efectos.
  • La constitución de hogar, los contratos, declaraciones, transacciones, sentencias ejecutoriadas y otros actos que se establezcan sobre inmuebles, derechos de uso, habitación o servidumbre o se constituyan anticresis, hipotecas o se divida, se traslade o reduzca alguno de esos derechos.
  • Los títulos de propiedad colectiva de los hábitats y tierras de los pueblos y comunidades indígenas.
  • La constitución, modificación, prórroga y extinción de las asociaciones civiles, fundaciones y corporaciones de carácter privado.
  • Todo contrato, declaración, transacción, partición, adjudicación, sentencia ejecutoriada o cualquier otro acto en el que se declare, reconozca, transmita, ceda o adjudique el dominio o propiedad de bienes o derechos reales o el derecho de enfiteusis o usufructo.
  • Los actos de adjudicación judicial de inmuebles y otros bienes y derechos susceptibles de hipoteca, siempre que de las propias actas de remate aparezca que el crédito era legalmente exigible y que además conste en documento de fecha cierta anterior a las prohibiciones expresas.

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DE FORMA PRESENCIAL

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